julio 19, 2013
Decreto para que la programación de TV sea emitida en el idioma local
Decreto para que los programas de TV estén en el idioma oficial local, salvo las excepciones que contempla la Ley de Medios, como los simultáneamente subtitulados.

 

Decreto del Poder Ejecutivo para que la programación televisiva esté expresada en el idioma oficial local (castellano neutro argentino) o en el idioma de los pueblos originarios, salvo las excepciones contempladas en el artículo 9 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual*

Proyecto de Ley - Traducciones

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*Excepciones

a) Programas dirigidos a públicos ubicados fuera de las fronteras nacionales;  b) Programas destinados a la enseñanza de idiomas extranjeros;  c) Programas que se difundan en otro idioma y que sean simultáneamente traducidos o subtitulados;  d) Programación especial destinada a comunidades extranjeras habitantes o residentes en el país;  e) Programación originada en convenios de reciprocidad;  f) Las letras de las composiciones musicales, poéticas o literarias.  g) Las señales de alcance internacional que se reciban en el territorio nacional.

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