La «causa Hotesur» se inició el 10 de noviembre de 2014 -por denuncia de Stolbizer- como una simple falta administrativa que se multó con $3.000. Más tarde la quisieron convertir en una maniobra de lavado de dinero.
¿Sabías que, por todas las irregularidades que cometió, Bonadío fue apartado de la «causa Hotesur» por la Cámara de Apelaciones el 16 de julio de 2015?
¿Sabías que Stolbizer llegó al absurdo de plantear, a partir de la «noticia que le hicieron llegar» -como siempre- «fuentes no identificadas», que nada mas ni nada menos se habían adulterado los sistemas informáticos de la AFIP?
El equipo Bonadío-Stolbizer quiso hacer creer que Hotesur se utilizaba para lavado de dinero o para el cobro de presuntos «retornos», a través del cobro de habitaciones vacías del hotel Alto Calafate. En realidad, Hotesur S.A. nunca alquiló ninguna habitación a nadie. Lo que alquiló es el único inmueble de su propiedad a una operadora turística: Valle Mitre S.A.
La obra pública realizada durante la gestión comprendida entre los años 2003-2015, asciende al monto total de USD107.825 millones.
En este marco resulta malicioso -por lo absurdo- pretender que el alquiler de un inmueble de alto valor y con instalaciones de gran nivel era el «vehículo» para canalizar presuntos «retornos» provenientes de la obra pública.
Los montos abonados por el alquiler del edificio, no guardan ningún tipo de relación o ecuación económica con la magnitud de la obra pública: ni en relación a las empresas denunciadas, ni a lo que la denunciante pretende como modus operandi respecto de la obra pública.
La denuncia de Stolbizer, que dio origen a este proceso ni siquiera es original. Es una copia de la que un año antes formularon los Diputados Elisa Carrió y Fernando Sánchez ante el Juzgado Penal Económico Nro. 1 a cargo del Dr. Javier López Biscayart (Causa nro. 1830/13).
O sea: TODO LÍCITO. ¿La asociación Bonadío-Stolbizer se ha olvidado de hacer pública esta sentencia previa o prefiere ocultarla? ¿Fraude procesal?
Pero no sólo en juzgados en lo penal económico hay sentencia. También hay precedentes en los juzgados federales de Comodoro Py.
Para ser más preciso, en el juzgado a cargo del Dr. Julián Ercolini, fiscalía Germán Pollicita. El 20 de noviembre de 2009 se dio inicio a una causa por supuestamente haber alquilado un complejo hotelero a precios presuntamente superiores a los del mercado, beneficio obtenido del referido empresario como contraprestación por resultar adjudicatario de distintos contratos de obra pública.
¿Te suena? Sí. En suma, la misma hipótesis delictiva que la que ahora se investiga en la «causa Hotesur», pero en 2009.
¿Sabés quién fue el Juez en aquella causa? Ercolini, el mismo que ahora.
¿Sabés quién fue el fiscal de aquella causa? Pollicita, el mismo que ahora.
¿Sabés a que conclusiones llegó Ercolini, el Juez de aquella acusación? Que no existía en la causa delito alguno y, en consecuencia, dispuso el sobreseimiento -entre otros- de la suscripta e incluso también del Dr. Néstor Carlos Kirchner, quién a la fecha del resolutorio, lamentablemente, ya había fallecido.
La ridícula hipótesis de cobro por “ocupación fantasma de habitaciones” queda fulminada con una simple lectura de los mismos términos de los contratos.
Esto es lo que ya ha sido determinado por la justicia en 2 oportunidades, en 2009 y en 2015:
Aunque parezca mentira, con dos sentencias firmes se sigue denunciando lo mismo desde el año 2009. Escenas del Partido Judicial auspiciadas y sostenidas por el Partido Mediático.