marzo 6, 2017
Los Sauces: Escrito presentado por Máximo Kirchner a Bonadío
Jamás participé en maniobras de lavado de activos de origen ilícito ni mucho menos integré una asociación criminal.

 

FORMULA DESCARGO. INSTA SOBRESEIMIENTO. RESERVA.

 

Señor Juez:

Máximo Carlos Kirchner, (…), junto con mis abogados defensores, Dres. Carlos Alberto Beraldi, CUIT 20-13430665-4 y Ary Rubén Llernovoy, CUIT 20-35317032-6, en la causa N° 3732/2016, caratulada “FERNANDEZ DE KIRCHNER, CRISTINA Y OTROS s/ ABUSO DE AUTORIDAD…”, en trámite ante ese Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 11, Secretaría N° 21, con domicilio constituido en Av. Santa Fe 1752, 2° “A” de esta ciudad, a V.S. digo:

 

I.-

Objeto

 

  1. Que, en uso de las facultades que confieren los arts. 72 y siguientes de la ley de rito, vengo a formular el presente descargo, el cual solicito sea incorporado a la causa en el marco de la audiencia a la cual he sido convocado a fin de prestar declaración indagatoria.

En función de las consideraciones que serán expuestas y las constancias obrantes en la causa que refutan de manera categórica la acusación que se dirige en mi contra, corresponde que se dicte mi sobreseimiento en orden a tales cargos, con expresa mención de que la formación de estas actuaciones no afecta mi buen nombre y honor (art. 336 in fine del CPPN).

  1. Asimismo, en atención a la inusitada gravedad institucional del caso y las garantías constitucionales que se ven afectadas (vgr., juez natural, principio de inocencia, defensa en juicio y ne bis in ídem), hago expresa reserva de acudir ante la Cámara Federal de Casación Penal, la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los Organismos Internacionales de Derechos Humanos por las vías legales pertinentes.

 

II.-

El descargo

 

  1. En primer lugar, debo señalar enfáticamente que jamás participé en maniobras de lavado de activos de origen ilícito ni mucho menos integré una asociación criminal. A lo largo de mi vida sólo participé en organizaciones políticas enmarcadas en los principios que establece la Constitución Nacional y las leyes dictadas en consecuencia.
  2. En el año 2006 fue constituida la sociedad Los Sauces S.A.; se trata de una empresa dedicada a negocios inmobiliarios, actividad que mis padres desarrollaron prácticamente desde que contrajeron matrimonio, incluso mucho antes de que ninguno de ellos fuera funcionario público.

En un primer momento fui titular del 10% del capital societario de dicho ente; tras el fallecimiento de mi padre, por estricta aplicación de normas de orden público del derecho sucesorio, pasé a detentar el 50% de sus acciones, mientras que la participación restante le fue asignada por idénticas razones a mi hermana Florencia Kirchner.

  1. Como ya lo explicaron en sus respectivos descargos el contador de nuestra familia, Dr. Víctor Alejandro Manzanares y la Dra. Romina de los Ángeles Mercado, Los Sauces S.A. es una típica sociedad familiar, caracterizada por el vínculo de confianza que une a sus miembros. Precisamente, esa es la razón por la cual desde la fecha de su constitución ocupé los cargos directivos que me fueron asignados por los accionistas; ello se encuentra debidamente documentada en los libros de Acta de Asamblea y Directorio secuestrados en el marco de estas actuaciones.
  2. He leído en la imputación que de manera malintencionada se habla de la existencia de un “enjambre societario” utilizado para el lavado de activos de origen ilícito. Ofende el sentido común caracterizar como “enjambre societario” a dos sociedades familiares integradas sólo por la madre y sus dos únicos hijos, además constituidas, inscriptas y declaradas en el país, y que sólo se dedica a alquilar los inmuebles de su propiedad. ¿Sabe V.S. para que se hace un “enjambre societario”? Simple, para ocultar los verdaderos dueños y evadir impuestos fugando capitales o dinero de la corrupción, entramado revelado a nivel global con el escándalo de los “Panamá Papers”. “Enjambre societario” V.S. es una caracterización que les cabe a las mas de 50 sociedades off-shore (radicadas en paraísos fiscales y no declaradas) del Presidente Macri.

Nada más alejado de la verdad.

Los Sauces S.A. estableció relaciones comerciales (básicamente el alquiler de inmuebles propios) con personas físicas y jurídicas, a las cuales se les facturaron, como corresponde, los servicios contratados. Los pagos siempre fueron recibidos a través de cheques o transferencias bancarias que permiten una minuciosa trazabilidad de los fondos que ingresaron y egresaron de la sociedad.

A su vez, la empresa, al menos hasta la insólita intervención judicial dispuesta por V.S., presentó sus balances, las demás declaraciones ante los organismos de control correspondientes y pagó todos sus impuestos: nacionales, provinciales y municipales.

  1. En cuanto a las transferencias de fondos entre Los Sauces S.A. y sus accionistas, o bien con otras sociedades también pertenecientes a nuestra familia, se trata de operaciones perfectamente legales, propias de la dinámica común y ordinaria de personas jurídicas de este tipo. Como lo explicó y documentó minuciosamente el Dr. Manzanares en su descargo, en ningún caso se realizaron transacciones en efectivo, sino que todas las operaciones, calificadas equivoca-damente como “sospechosas”, se llevaron a cabo a través de transferencias bancarias, lo cual permite, reitero, reconocer sin mayores esfuerzos el origen y el destino del flujo de fondos de Los Sauces S.A.
  2. En cuanto a mis funciones, cumpliendo con los deberes a mi cargo, en varias oportunidades suscribí contratos por el alquiler de inmuebles que fueron acordados. En el 100% de los casos se convino un canon locativo acorde a los valores de mercado y se pagaron los impuestos correspondientes.

En esa medida, la suposición calumniosa de que el pago de alquileres importaba “retornos” por la indebida concesión de contratos de obra pública o licencias estatales resulta un verdadero disparate. ¿Cómo se puede atribuir a “retornos de obra pública” alquileres reales, de inmuebles reales y con inquilinos reales?. Tanto es así que también leí en la imputación la descripción de operaciones con algunas sociedades en las cuales Los Sauces S.A. habría terminado abonando mayores sumas de dinero que las que correspondía. Tal es el supuesto caso de los pagos efectuados a la empresa Loscalzo y Del Curto SRL por la construcción de los complejos multihabitacionales de las calles Alvear 391 y Mariano Moreno 882. Es decir, el insólito cuento de un “retorno al revés”.

Asimismo, en diversas oportunidades y como actividad rutinaria propia de mi función efectué depósitos en las cuentas bancarias de Los Sauces S.A. Siempre se trató de cheques (nunca dinero en efectivo) por operaciones legales, debidamente facturadas y registradas. Ergo, una vez más, la imputación de una supuesta maniobra de lavado de activos de origen delictivo resulta descomunalmente absurda. ¿Cómo se puede convertir dinero legal en dinero ilegal, cuando la figura de lavado de dinero consiste en que no se conoce el origen del dinero ni tiene causa conocida su ingreso al patrimonio?

  1. Por último, debo dejar constancia de que este proceso supuestamente “judicial” es la muestra más palmaria de la campaña de persecución y hostigamiento de la cual es víctima mi familia.

Resulta evidente que están decididos a proscribir a la ex Presidenta de la Nación, tal como expresamente lo reconoció en múltiples reportajes la diputada Stolbizer, denunciante crónica de mi familia e ideóloga junto a Bonadío de esta causa.

Sin embargo, el saqueo del Estado por parte de los conspicuos miembros de la patria contratista, los escándalos del Correo Argentino, Avianca-MacAir, el caso “Arribas” -entre tantos otros-. los miles de despidos, el recorte de las jubilaciones, todas las mentiras de campaña y la crisis social desatada por la aplicación de las mismas políticas neoliberales que llevaron al país a la ruina no pueden ser ocultadas a través de éste ni cualquier otro expediente judicial.

Es más que claro que la persecución política-judicial y el hostigamiento permanente mediático es la clara triangulación no sólo para perseguir a los dirigentes políticos opositores, sino para proscribirlos en el caso que así le convenga al Gobierno y con el evidente objetivo de ocultar -al menos en los titulares de los diarios y la televisión- los graves problemas económicos y sociales que el mismo Gobierno, a través de sus políticas, le ha causado a vastos sectores de la sociedad.

Sólo así puede explicarse el grosero apartamiento de los más básicos principios del Estado de Derecho que estamos viviendo y que no registra antecedentes desde el fin de la última dictadura.

Por todo lo expuesto, y por el derecho todavía vigente que subsiste, al menos aún, en los textos de la Constitución y los Códigos de fondo y de forma, corresponde que se dicte mi sobreseimiento en la causa.

 

III.-

Petitorio

 

Por todo lo expuesto, solicito:

  1. Se tengan presentes las consideraciones expuestas en este descargo y se lo incorpore en la declaración indagatoria que se me recibe en este acto.
  2. Se dicte mi sobreseimiento en orden a los hechos que se me imputan, con expresa mención de que el proceso no afecta mi buen nombre y honor (art. 336 in fine del CPPN).
  3. A todo evento, se tengan presentes las reservas efectuadas.

Proveer de conformidad,

SERÁ JUSTICIA.-  

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